Paternalismo en sanidad y evidencia científica

Qué es el paternalismo en sanidad

La RAE define el paternalismo como la «tendencia a aplicar las formas de autoridad y protección propias del padre en la familia tradicional a relaciones sociales de otro tipo».

No explica cuáles son esas «formas de autoridad y protección», así que añado la definición que encontré acompañando a la palabra clave utilizada para buscar artículos científicos. Define «paternalismo» como la interferencia en la libertad o autonomía personal de alguien justificándose en hacerle el bien o evitarle un mal. Corresponde al Cambridge Dictionary of Philosophy (1995). Añade que en sentido general es no dejar a una persona que tome decisiones por ella misma.

Aplicándolo al entorno sanitario, consiste en que los profesionales deciden por el usuario del sistema de salud.

Evolución histórica

Venimos de una sociedad muy jerarquizada, en la que los de abajo estaban obligados a obedecer a quienes ostentaban el poder social y económico.

Desplazándonos en el tiempo a épocas prehistóricas y pensando en la figura del médico/chamán es fácil comprender la posición social de aquellos que cuidaban de la salud de la tribu. No solo conocían aspectos que otros ignoraban, sino que parecían tener poder sobre la vida y la muerte.

Viajando hacia adelante, podemos hacer un alto en los últimos años del Imperio Romano, cuando las matronas empezaron a dedicarse a enfermos y pobres. Las matronas eran romanas, cristianas y ricas que, con esa dedicación, dieron inicio a la enfermería vocacional. Así, la historia de las enfermeras también les da el reconocimiento social de pertenecer a posiciones económicas elevadas.

A través de la historia queda claro que el médico siempre ha estado en posiciones elevadas en la escala social. Esto le permitía decidir lo que consideraba mejor para el paciente según sus conocimientos y sus propias creencias.

El enfermo era receptor pasivo de cuidados y cumplidor de órdenes. Sobre él se aplicaba la beneficencia sin contar con su opinión, de ahí el nombre de «paciente».

A partir de mediados del sXX, con los cambios sociales y demográficos, la Declaración de los Derechos Humanos (1948) y el desarrollo de la Bioética (década de 1970), se reconoció al paciente como persona libre y capaz para decidir sobre su propia salud. Desde 1973 empezaron a formularse los Derechos de los Pacientes.

En España, hasta bien entrados los 80, se mantuvo la relación médico-paciente clásica, por ello actualmente siguen quedando muchos vestigios de ella. A pesar de ello, se pretende que los tratamientos respeten los objetivos vitales y valores del paciente, y para ello es necesario recibir información de calidad.

Paternalismo y evidencia

Los pacientes sólo podemos tomar decisiones si antes nos han informado adecuadamente y forma parte de las funciones del personal sanitario hacerlo conforme a la evidencia disponible.

Si no recibimos toda la información necesaria y adecuada a la realidad actual, no podemos sopesar pros y contras. Esto hace imposible decidir en base a nuestras creencias y objetivos y se vulneraran algunos derechos del paciente.

Derechos del paciente vulnerados

En España varias normas regulan los derechos de los usuarios del sistema sanitario, desde la Constitución a diversas leyes. Estos derechos solo pueden garantizarse si los profesionales actuamos en base a la evidencia disponible. Si no, nuestra actuación choca con algunos de ellos como los que siguen:

Derecho a la información

Como pacientes/usuarios tenemos derecho a recibir información comprensible, veraz y completa sobre nuestra salud. También sobre la finalidad, naturaleza, riesgos y consecuencias de las intervenciones que realizan los sanitarios.

Hay excepciones: en caso de que el paciente no esté capacitado para comprender ningún tipo de explicación. En esos casos, habrá un tutor que recibirá la información. Son ejemplos de estos casos cuando se trata de un bebé, de estados de conciencia alterados (coma), problemas en la comprensión…

Si yo, como profesional, le propongo a alguien un tratamiento con poca evidencia sobre su efectividad/consecuencias, he de presentárselo así, como poco respaldado por la evidencia. Si tiene los mismos resultados que el placebo, ni siquiera debería plantearlo en el 99% de los casos. Es más, si en lugar de decir claro lo que hay, comento «a mis pacientes les va muy bien», estoy dando una falsa sensación de efectividad, así que no puede considerarse información veraz.

Derecho a decidir sobre la salud

Es necesario el consentimiento informado previo a cualquier actuación. Esto es que la persona debe aceptar cualquier acción del personal sanitario de manera expresa, libre y voluntaria, y tras haber sido debidamente informada.

No es necesario firmar un documento cada vez, puede ser de manera verbal, y tampocose trata de que nos den una clase de medicina en cada consulta, pero sí que nos expliquen y que respondan a nuestras dudas e inquietudes.

En cualquier momento puede retirarse ese consentimiento. Por ejemplo, puedo pedir la epidural, firmar, pensarlo mejor y decir que no la quiero aunque esté el anestesista a puntito de pincharme.

Igual que en el caso anterior, hay excepciones: en caso de que la vida esté en peligro, la persona no esté capacitada para dar el consentimiento, manifestación por escrito del paciente de no querer ser informado… En esos casos, otra persona debe decidir y, si es una emergencia, decide el sanitario.

No puede considerarse un consentimiento informado si los datos que damos no son 100% reales. Así, reaparece la necesidad de comunicar datos oficiales a los pacientes, no nuestra opinión o interpretación personal.

Hay que tener en cuenta que el sanitario es quien se encarga de proponer las opciones de tratamiento. Yo, como paciente, puedo decirle «he leído que existe esta otra opción» pero el profesional es quien valora si es aplicable en mi caso concreto.

Confianza y consentimiento informado

La relación sanitario – usuario se basa en la confianza. Por una parte, el sanitario ha de confiar en que el usuario informará y responderá con sinceridad a las preguntas que se le realicen. Por la otra, el usuario ha de confiar en la información que recibe del sanitario.

Si no existe esa confianza, si algo hace dudar, es necesario manifestarlo para que la relación terapéutica pueda establecerse adecuadamente. Y si se confirma una falta de veracidad por una de las dos partes, como en cualquier otra relación, lo mejor es que cada uno siga por su lado.

Al fin y al cabo es una relación entre personas que pueden tener creencias muy diferentes y ni google convalida un título profesional, ni tener un título oficial garantiza profesionalidad.

Fuentes consultadas

2 respuestas a «Paternalismo en sanidad y evidencia científica»

  1. Que post tan completo Marina! A mi en el embarazo me pasó que el ginecólogo me habló en palabras súper técnicas, y cuando le dije «me lo puedes explicar mejor» resolpló, como diciendo «no se entera de nada». Era su deber explicarlo bien, yo soy ginecóloga no tengo porque entender términos médicos. Y también me ha pasado al revés, que me han hablado como si tuviera cinco años. Creo que si trabajan con personas deben tener una parte de saber comunicar y empatizar.
    Buen post, un abrazo!

    1. ¡Gracias!
      Sí, la verdad es que hace falta mucha empatía y fijarse en quién tienes delante, ir preguntando para ver qué sabe, qué no… Pero yo prefiero que me traten como si fuera una cría y me lo expliquen todito a que actúen sin decir ni «mu», que eso sí me pone de un mal humor… jeje

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: Marina Coll Fornés.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento:  No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. El Titular ha contratado los servicios de alojamiento web a Don Dominio (https://www.dondominio.com/legal/55/politica-de-privacidad/) que actúa como encargado de tratamiento.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
  • Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para fines de afiliación y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad